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Ciberdefensa
CAPACIDADES Y ÁREAS DE CONOCIMIENTO QUE AFECTAN A LA DEFENSA Y LA SEGURIDAD NACIONAL (Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de mayo de 2015).
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se determinan las capacidades industriales y áreas de conocimiento que afectan a los intereses esenciales de la defensa y la seguridad nacional.
El Acuerdo recoge los principios y circunstancias necesarias para identificar que una capacidad industrial o áreas de conocimiento afecta a los intereses esenciales de la defensa y seguridad nacional.
Áreas de conocimiento
Se establecen como áreas de conocimiento que afectan a los intereses esenciales de seguridad y defensa aplicables a los sectores terrestre, naval, aéreo y espacial las siguientes:
- Mando y control, comunicaciones, información.
- Ciberdefensa.
- Vigilancia, reconocimiento, inteligencia y adquisición de objetivos (ISTAR).
- Control de tráfico y de ayudas a la navegación.
- Sistemas críticos embarcados en plataformas.
- Sistemas espaciales, de tratamiento de datos y de misión.
- Simulación de equipos y sistemas de armas para entrenamiento avanzado.
- Sistemas de navegación, control de guiado y carga de pago en misiles y municiones complejas.
- Sistemas complejos integrados por otros sistemas de armas avanzados cuyos requisitos de integración están vinculados a intereses esenciales de defensa y seguridad.
El Gobierno podrá considerar estratégica una capacidad industrial o área de conocimiento que, integrando cualquiera de las anteriores, pueda contribuir a la ventaja operacional y la libertad de acción de las Fuerzas Armadas.
Aspectos esenciales para protección
Además, los aspectos esenciales de una capacidad o área de conocimiento específica que deberán protegerse son:
- Las habilidades y conocimientos esenciales para diseñar, desarrollar, integrar, evaluar, apoyar y mantener sistemas y subsistemas claves, junto con la realización de pruebas, evaluación, y procesos de mantenimiento y modernización de los mismos.
- Las instalaciones e infraestructuras que den soporte a lo anterior.
- Las tecnologías críticas para el diseño y desarrollo de las capacidades descritas en el apartado referido a las áreas de conocimiento.
- El acceso apropiado al uso de tecnologías que permita a España y sus suministradores mantener, modernizar y operar sistemas y subsistemas claves.
- Actividades de investigación y desarrollo tecnológico o de innovación, de aplicación directa o indirecta a las áreas de conocimiento y capacidades industriales estratégicas de interés para la defensa y la seguridad.
El Gobierno adoptará cuantas medidas considere necesarias para proteger productos o servicios suministrados por uno o más contratistas, cuando dichos productos o servicios sean esenciales para salvaguardar una respuesta operacional.
Las áreas de conocimiento y las capacidades industriales esenciales contempladas en este acuerdo podrán ser revisadas en cada ciclo de planeamiento de la defensa para adaptarlas a las nuevas necesidades. El secretario de Estado de Defensa propondrá al ministro de Defensa las actualizaciones que se consideren necesarias